EL AVISO

El tambaleante palco de la Real Maestranza

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A la izquierda, el veterinario José L. González de Aguilar Palomeque, junto al presidente Fernando Fernández Figueroa.

«…algunas actuaciones pudieran caer en la infracción penal, ya que quienes ocupan los palcos, cuando conscientemente toman una decisión contraria al Reglamento taurino, no pueden invocar ignorancia, estaríamos ante una decisión injusta a sabiendas, lo que podría implicar una prevaricación…»

José Luis García.-

     Los nubarrones se ciernen sobre el emblemático palco de la Real Maestranza de Sevilla, una plaza señera, plaza que durante mucho tiempo fue santo y seña de la Tauromaquia junto a Las Ventas, de Madrid, y la de Vistalegre, de Bilbao, y que desde hace ya un tiempo parece que anda desnortada, su afición y, fundamentalmente, su presidencia. Pero, que tras los dos años de inactividad por causa de la pandemia Covid-19, se ha agudizado de tal manera que en la actualidad es un auténtico esperpento; todo cuanto acontece con las desconcertantes actuaciones de quienes ocupan su palco, que debiera ser referente del acontecer taurino nacional, y en la actualidad no hacen otra cosa que llevarnos a la perplejidad, la incredulidad e incluso la indignación, por esas actuaciones tan dispares, incoherentes, extemporáneas y arbitrarias.

     ¡Qué pena, señores!, y, a veces, algunas actuaciones pudieran caer en el campo de la infracción penal, ya que quienes ocupan los palcos de las plazas de toros, cuando conscientemente toman una decisión contraria a lo que dispone el Reglamento taurino, norma de obligado conocimiento para el presidente, por lo que no pueden invocar ignorancia, estaríamos ante una decisión injusta a sabiendas, lo que podría implicar una prevaricación de tipo administrativo; no es baladí, por tanto, la cuestión.

     Y es verdad que el público, que asiste a la celebración de un espectáculo taurino, que no el aficionado, por norma general es triunfalista, pero para eso debe estar el presidente, para imponer la cordura, desde la exigencia, la ecuanimidad y la ponderación en la aplicación del Reglamento.

     En esa concatenación de labores que el presidente, con la ayuda del delegado de la autoridad, va desarrollando en el espectáculo, desde que las reses llegan a la plaza de toros, hasta que finaliza su cometido con la realización de los reconocimientos post mortem, y aun antes de la llegada de las reses, labores de tanta responsabilidad y determinación con el mismo espectáculo, en ocasiones no se entienden fácilmente las decisiones adoptadas por el presidente.

     Ciñéndonos a lo que son los espectáculos taurinos que tienen lugar en la plaza de toros de la Real Maestranza de Sevilla, habría que comenzar preguntándonos para qué sirven los ‘señalamientos’ de las reses en el campo y que están recogidos reglamentariamente. Aun cuando no son vinculantes con la práctica de los reconocimientos en vivo de los toros en los corrales de la plaza, sí pueden resultar condicionantes para el presidente, y ello siempre irá en detrimento de la integridad del espectáculo. ¿No sería mejor eliminarlos y que cada ganadero llevara a la plaza los animales acordes a la categoría de la misma, y cuando no fuera así, ese ganadero quedara vetado para lidiar durante dos temporadas?

     Otro asunto delicado es el relativo a la aprobación de las reses en los reconocimientos ante mortem. En la actualidad, cuando el presidente tiene la obligación de informar públicamente del resultado de esos reconocimientos, y vemos que se rechazan reses por falta de trapío, o por falta de conformación zootécnica para la categoría de la plaza, entre otros motivos, por el contrario, no vemos que se rechacen reses por estar fuera de tipo en relación al encaste de procedencia; hemos visto en la presente Feria de Abril toros excesivamente atacados de peso, ‘regordíos’, sobrepesados, para la morfología que correspondía a la ganadería por el encaste de procedencia, que, lógicamente, por esa circunstancia, aunque también por otras, pero por las que no se puede rechazar un toro, se han parado, y esos toros podían haber sido perfectamente declarados no útiles por el presidente por estar fuera de tipo. Existiendo los señalamientos en Andalucía, no es fácil entender que se hayan lidiado corridas tan desiguales en su conjunto; algunas eran auténticas escaleras.

     Qué vamos a decir de las famosas bolas que se hacen en la punta de los pitones en la actualidad. Hace años se sacaba punta a los cuernos astigordos, para que las reses no fueran declaradas no útiles por falta de trapío; en la actualidad se les hace una bolita en la punta del pitón, y tan manipulación fraudulenta era aquella, como lo es esta. ¿Se envían esas encornaduras al laboratorio de análisis de astas para confirmar o desechar esas posibles manipulaciones fraudulentas? Estoy convencido de que no es así, como también lo estoy de que tampoco se remiten las encornaduras para su análisis, cuando del resultado del reconocimiento post mortem (que reglamentariamente es obligatorio realizar siempre al finalizar la corrida, pero que en multitud de ocasiones no se lleva a efecto), hubiera sospechas de una posible manipulación no autorizada.

     Y hablando de manipulaciones: desde hace ya tiempo, un grandísimo porcentaje de las ganaderías de bravo enfundan los cuernos y, ello, al tener que manipular el cuerno para enfundarle, está prohibido por la propia Ley Taurina de 4 de abril de 1991, al decir en el párrafo segundo de su Exposición de Motivos que en “garantía del derecho de los espectadores y de la pureza de la fiesta requiere, también como presupuesto, que el régimen de las fiestas taurinas ponga un énfasis muy especial en el aseguramiento de la integridad del toro, de su sanidad y bravura y, en especial, de la intangibilidad de sus defensas”, es decir, si una defensa se toca, ya sea para enfundarla o para cualquier otra finalidad, se está atentando contra la ‘intangibilidad’.

     Son desconcertantes los parámetros de los presidentes para el análisis de las faenas, por como tienen lugar la concesión de los trofeos. En la concesión de la primera oreja, oreja potestativa del público, el presidente se tiene que limitar a apreciar si existe o no mayoría en la demanda del público, independientemente de que lo realizado por el matador sea o no merecedor de la misma; o que la colocación de la espada sea defectuosa; o que la ejecución de la suerte suprema no se haya realizado acorde a los cánones tradicionales. La mayoría de la petición no depende del porcentaje de público que la pida, mayoría es que la petición, según apreciación del presidente, la solicite algo más de la mitad de la totalidad del público asistente. Desde luego, cuando la pida toda la plaza la mayoría será absoluta, pero si la petición estuviera en torno a la mitad superior del aforo ocupado, también sería mayoría, el reglamento no contempla porcentajes en la petición: o hay mayoría o no la hay.

     Cuestión diferente, son los parámetros que la máxima autoridad del festejo, encarnada por el presidente, debe tener en cuenta para la concesión de la segunda oreja, o del rabo, en su caso, de forma excepcional. Aquí, se conjugan la petición del público, con las características del toro, las dificultades de la res, la buena dirección de la lidia por parte del matador, la faena realizada, tanto con el capote como con la muleta, y fundamentalmente la estocada en su ejecución y colocación. Debe apreciar, por tanto, para conceder el segundo trofeo, la colocación del torero, la forma de realizar las suertes y el manejo de los engaños, pues no es lo mismo torear que dar pases, la elección de los terrenos en función de las condiciones de los toros, la forma de acoplarse el matador a esas condiciones, y a los cambios que los mismos experimentan a lo largo de la lidia, ¡ay, la lidia!, hablar de lo que es la lidia sería tema de una conferencia; la variedad y la pureza de la faena, y, también, las dificultades ambientales, como pueden ser la lluvia, el viento o la presión psicológica, si es que existieran. El toreo se practica ‘de arriba a abajo, y de fuera a adentro’. Deberá apreciar, asimismo, si el toreo realizado lo ha sido en consonancia con los pilares sobre los que se asienta, y que son el parar, templar, mandar y ligar la faena, o como le escuché decir al maestro Manolo Escudero: parar, llevar, desplazar y recoger; o sea lo mismo.

     Por último, la concesión del premio al toro, la vuelta al ruedo, que se debe conceder porque la res la haya merecido por su comportamiento a lo largo de toda la lidia y nunca para premiar al conjunto de la corrida, apreciando la manera de desplazarse en el capote, de qué forma lo hizo, desde dónde se arrancó al caballo, cómo se empleó en la suerte de varas, si con la cara fija, sin cabecear y abajo en el peto, metiendo los riñones, cómo se desplazó en el tercio de banderillas y cómo acometió en el último tercio y en qué terrenos se desarrolló éste. Si tuvo fijeza durante la lidia, humillaba, fue codiciosa y de largo recorrido en la embestida, e iba hasta el final del muletazo, sin desviarse de la trayectoria. Cuestión diferente es el indulto, que no es un premio al toro ni al ganadero, sólo tiene la finalidad de hacerle acreedor al perdón de la vida para padrear en la ganadería, y para merecer el indulto tiene que ser un toro de bandera desde que salga al ruedo y en todos los tercios.

     Asimismo, hay un tema preocupante, que es la presencia de numerosas personas ajenas al espectáculo en el callejón, por lo general. Todos los Reglamentos contemplan más o menos lo mismo en este sentido, y dicen que entre la barrera y el muro de sustentación de los tendidos existirá un callejón de anchura suficiente para los servicios propios del espectáculo y los particulares que no tienen que ver con el espectáculo, no tienen relación alguna con esos servicios. Sin embargo, los callejones se han convertido en una pasarela de moda, en las grandes ferias están congestionados de personas ajenas al propio espectáculo y debería ponerse freno a ello. Además, no entendemos que para el acceso y control de las personas sean las propias administraciones y/o las empresas quienes expidan los pases de callejón, función que estimo debe corresponder al presidente y al delegado de la Autoridad, pues en el supuesto de que alguna res saltara al callejón y ocasionara algún accidente grave o desgracia irreparable, indudablemente que sería a ellos a quienes se exigiera la correspondiente responsabilidad.


*José Luis García García es aficionado, presidente de plaza de toros y fundador y expresidente de la Asociación Nacional de Presidentes de Plazas de Toros.


 

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